Será en el Hotel Silken Siete Coronas de Murcia a las 12:00 del mediodía.

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Los abogados del Grupo Lawyer, Julio César Arnáiz Hoyos, y Susana Santamaría Santamaría, especializados en la recuperación del dinero de personas que entregaron cantidades a cuenta para la construcción de una vivienda que nunca se realizó, ofrecerán una charla abierta informativa mañana sábado, a la que asistirán más de 50 afectados por el caso Jumilla donde podrán conocer los procedimientos a seguir para recuperar el dinero que muchos de ellos dan por perdido tras la apertura de liquidación de la Sociedad Herrada del Tollo S.L.

Según indican en un comunicado de prensa, los abogados de Grupo Lawyer ven altas posibilidades de que la mayoría de los afectados por el caso “ Residencial Santa Ana del Monte-Jumilla Golf” puedan recuperar el dinero que aportaron para su vivienda más los intereses legales porque están protegidos por la Ley 57/68. Son muchas las sentencias existentes que se han resuelto favorablemente para el consumidor casos exactos a éste.

Recuerdan que las cantidades anticipadas que se entregaron para la compra de una vivienda en plano en Santa Ana del Monte (Jumilla) están protegidas por la Ley. Concretamente, las normas que regulan la garantía de devolución de estos anticipos cuando el promotor no entrega la vivienda por cualquier causa, son las que hacen posible la recuperación de lo anticipado.

Los abogados de Grupo Lawyer han sido los primeros en crear jurisprudencia a nivel nacional en la Audiencia Provincial de Burgos con otros casos similares a éste y recientemente han conseguido una sentencia del Tribunal Supremo, la reciente Sentencia nº 781/2014 del Tribunal Supremo, donde declara la responsabilidad de CaixaBank, S.A., por haber consentido en el tiempo el ingreso de anticipos abonados por diversos socios cooperativistas para la adquisición de vivienda, sin haber vigilado que la cuenta de ingreso estuviese debidamente garantizada mediante una aval o u seguro que asegurase la devolución de dichas aportaciones a sus pagadores, llegado el caso de no recibir la vivienda en el plazo contratado.

El letrado Julio César Arnáiz Hoyos impulsó en el año 2009 la demanda estimada por el Juzgado de lo Mercantil del Burgos, ratificada después por la Audiencia Provincial de Burgos, y confirmada finalmente por el Tribual Supremo. Hasta ahora, muchos de los que habían invertido sus ahorros en la compra de una vivienda que nunca llegaron a disfrutar, creían que no había más que hacer, que lo habían perdido todo y que lo único que podían recuperar eran las fuerzas para poder iniciar un nuevo proyecto.

En los últimos años hemos podido comprobar como, por parte de Juzgados y Tribunales, se ha cerrado el círculo de la protección hacia el comprador, siendo numerosas las sentencias que protegen al adquiriente de vivienda, cuando ni promotor ni banco han cumplido la Ley. Las cantidades anticipadas por los compradores de vivienda en plano están protegidas por la Ley, tanto se trate de compradores-consumidores, como de cooperativistas.

Concretamente, las normas que regulan la garantía de devolución de estos anticipos cuando el promotor no entrega la vivienda por cualquier causa son las que hacen posible que no demos todo por perdido, sino que quede esperanza para recuperar lo que ya se ha invertido. Es importante destacar que no hace falta estar en posesión de un título de aval, dado que a menudo los bancos se niegan a emitirlo para luego no pagar. Este aval sería un documento que diga que “tal entidad” (banco o aseguradora) responde por “tal cantidad”, pero tampoco es necesario que el promotor haya firmado esa póliza general de garantía: tanto la Ley como los Tribunales protegen al particular.

Esta charla informativa, ofrecida por abogados expertos, para personas afectadas por el caso Residencial Santa Ana del Monte-Jumilla Golf, será , como decimos mañana, en el Hotel Silken Siete Coronas de Murcia, situado en el Paseo de Garay 5 de la capital,  a las 12:00 del mediodía.