«Toque de queda para los establecimientos y actividades abiertas o
dirigidas al público entre las 23:00 y las 06:00 horas»
Tras la celebración del Consejo de Gobierno extraordinario celebrado ayer tarde, el consejero de Salud Manuel Villegas comparecía en rueda de prensa para dar a conocer las medidas que con carácter general se adoptan en la Región durante el estado de alarma y un paquete de medidas temporales sectoriales aplicables a los centros de Política Social, todo ello junto a las «recomendaciones» que proponen los técnicos en salud pública y epidemiología de la Región de Murcia.
Medidas de carácter general :
- Reforzar la recomendación a los ciudadanos para que limiten al
máximo los contactos sociales, limitando la participación a un número
máximo de 6 personas, tal y como ya se aplica en nuestra Región desde
el mes de agosto. - Recomendar la limitación de la actividad social, evitar los espacios
cerrados, en los que no sea posible el uso de la mascarilla, o en los que
exista una gran afluencia de personas, y se vuelve a insistir, a toda la
población en la descarga de la aplicación para Smartphone Radar-COVID. - Toque de queda para los establecimientos y actividades abiertas o
dirigidas al público entre las 23:00 y las 06:00 horas, salvo aquellos
establecimientos que presten servicios indispensables. - Prohibición de comer y beber en espacios públicos, cuando no sea
posible mantener la distancia de seguridad. - Fomentar y promover la utilización de la modalidad de teletrabajo para
evitar riesgos. - Suspender las visitas a residencias de estudiantes y limitar la
ocupación de las zonas comunes a 1/3 de su aforo. - Junto a estas medidas generales, se ha analizado otra serie de medidas y
recomendaciones propuestas por los técnicos en salud pública y epidemiología de la Región de Murcia, aplicables a los distintos sectores de actividad, que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. - Son medidas con carácter temporal y excepcional, entre las que se encuentran las siguientes:
- Recomendar el aplazamiento de celebraciones nupciales y de otras
ceremonias civiles y religiosas, manteniendo el número máximo de
participantes en 30 personas, tanto al aire libre como en espacios
cerrados, debiendo permanecer sentados en todo momento. - En establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades
de servicios al público la ocupación máxima permitida será del 50 % del
aforo del local. - En mercados o mercadillo en la vía pública, no se podrá superar el 75
% de los puestos autorizados. - La ocupación máxima interior de los locales de hostelería y
restauración será del 30% del aforo con carácter general, y sin límite para las terrazas, manteniendo la distancia mínima de separación,
recomendando a los Ayuntamientos la ampliación temporal de la superficie exterior autorizada a este tipo de locales para su uso como terraza. - La ocupación máxima permitida de las zonas comunes de hoteles,
albergues, hostales y otros alojamientos turísticos será de 1/3 de su aforo
habitual, pudiendo mantener abiertas las zonas destinadas a restauración exclusivamente para los clientes alojados en ellos. - En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos
y otros equipamientos culturales, la ocupación máxima permitida será del 50% del aforo. - Igual ocupación para en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y
actividades similares en establecimientos cerrados y actividades culturales al aire libre. - Se permite la práctica deportiva individual al aire libre, respetando las
medidas generales de distancia de seguridad interpersonal, protección e
higiene, y se suspende la celebración de eventos deportivos no
profesionales y las actividades deportivas que impliquen el
desplazamiento de un gran número de participantes. - Suspender el desarrollo de las actividades de las escuelas deportivas
municipales y actividades deportivas extraescolares. La práctica deportiva federada de menores de 18 años se limitará a los entrenamientos, suspendiéndose el inicio de las competiciones. - En las piscinas cubiertas de uso público, ya sean de uso deportivo o
recreativo, la ocupación máxima permitida será de 1/3 de su aforo habitual. - Se recomienda la celebración telemática de congresos, conferencias,
reuniones de negocios y eventos similares. - Por último, también se han acordado una serie de medidas sectoriales,
de carácter temporal, aplicables a los centros de política social.
- Entre estas medidas podemos destacar, en relación con las
residencias de personas mayores y viviendas tuteladas de personas
con discapacidad, la restricción de las visitas salvo supuestos
excepcionales, y limitadas a zonas exteriores o habilitadas al efecto. - La suspensión de los ingresos, reingresos y traslados de residentes y
usuarios salvo casos de emergencia social, o la limitación de las
salidas terapéuticas y visitas médicas, siempre acompañados de un
profesional, extremando las medidas de prevención e higiénico
sanitarias. - Asimismo, permanecerán cerrados los centros de día de personas
mayores, cuyos usuarios recibirán el servicio mediante atención
telefónica, telemática y/o la atención presencial en el domicilio o
entorno. - Todos los centros sociales permanecerán cerrados, quedando
suspendida la prestación de los servicios de podología y peluquería
que actualmente se encuentran prestando los servicios. - Para los centros de día con para personas con discapacidad y
Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, la actividad
presencial se limitará a grupos muy reducidos (2-3 personas),
preferentemente para aquellos usuarios que, por su situación socio
familiar, precisen ser atendidos. - Y para los centros de desarrollo infantil y atención temprana, se
mantendrá su actividad presencial, a excepción de aquellos centros en
los que se declare algún positivo en COVID-19 en trabajadores o
personas usuarias, en cuyo caso, será estudiado por los servicios
sanitarios.