Los hechos ocurrieron en enero de 2015
Según ha publicado la agencia de noticias EFE, la Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un vecino de Jumilla contra la sentencia del juzgado de instrucción que lo condenó al pago de una multa de 90 euros por amenazar a mujer en la calle.
La sentencia del juzgado señala que los hechos ocurrieron el 2 de enero de 2015, cuando la mujer, que se dirigía a su trabajo, se cruzó en la acera con el acusado que, además de insultarla, le dijo que los iban a matar a todos, a su marido y a su hermano.
En su recurso de apelación, el acusado alegó que había sido condenado sin ser oído, ya que no había podido acudir a la vista oral por problemas de salud, alegación que es rechazada por la sala porque no ha demostrado esa circunstancia.
La Audiencia añade que “el juzgado contó con el testimonio de la denunciante, válido para condenar, al ser congruente y persistente y sin que existieran motivos espurios para dudar de su credibilidad”.