Según los indicadores epidemiológicos y niveles de alerta municipales, Jumilla tiene una tasa de Incidencia Acumulada a 14 días de 39.1, la IA a 7 días es de 23.4, y tanto los niveles de transmisión como el de alerta es Bajo.

L. Tomás

El BORM publica hoy la Orden 1903 por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios, así como las medidas generales y sectoriales aplicables a los diferentes sectores de actividad y municipios, y en atención al nivel de alerta existente en cada momento, ha fijado, con mayor grado de certidumbre y estabilidad, un marco general para la gestión de pandemia que se sustenta en la definición de cuatro niveles de riesgo o alerta sanitaria (bajo, medio/alto, muy alto y extremo) en que se puede encontrar un municipio o un ámbito territorial concreto o incluso la Región en su conjunto, y ello a partir de una evaluación del riesgo en que   se encuentra dicho territorio basado en unos parámetros o indicadores de salud pública, tanto epidemiológicos como asistenciales.

Enlace de la Orden https://www.borm.es/#/home/anuncio/24-03-2021/1903

La publicación señala que «…pese a la tendencia descendente de la curva de contagios en los últimos días, resulta imprescindible mantener la modulación de algunas de las medidas de restricción que afectan a determinados sectores regulados en aquella y sobre todo evitar nuevas situaciones epidemiológicas que tensionen aún más unos servicios sanitarios muy castigados durante tantos meses.»

«…nos encontramos en un momento muy delicado y trascendente, por lo que una aplicación automática del conjunto de medidas y criterios establecidos en dicha orden de 13 de diciembre de 2020 para todos los sectores de actividad podría hacer peligrar la consolidación del notable descenso en los niveles de transmisión obtenidos durante este último mes, fruto de las medidas adicionales adoptadas y del esfuerzo continuado del conjunto de la población. En este sentido, el informe epidemiológico advierte contra los riesgos de un proceso de desescalada demasiado rápido que ponga en peligro todos los avances obtenidos, valorando estadios intermedios de restricción que, en la medida de lo posible, eviten nuevas olas de crecimientos incontrolados de la pandemia. Para ello, en esta orden se mantienen una serie de medidas adicionales.

Medidas adicionales que ya están en vigor

En primer lugar, se dispone que, en todos los municipios en que, por no presentar nivel de alerta extremo, se pueda prestar el servicio de hostelería para consumo en el interior de los establecimientos, el número de mesas o agrupaciones de mesas seguirá limitado en un 30% de aforo, con un número máximo de cuatro personas en cada una de ellas, salvo convivientes, coincidiendo así con el número de personas que pueden permanecer sentadas en las terrazas de los establecimientos, en donde además el aforo será el máximo permitido siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad establecida. En ningún caso se permitirá el servicio de barra para consumo en los establecimientos.

A este respecto, el informe epidemiológico pone de manifiesto que el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 es de 18,7 veces superior en interiores que en exteriores, lo que hace que las medidas en interior tengan que ser especialmente prudentes. En este sentido se propone mantener la reducción del aforo al 30% con lo que se consigue reducir el número de personas en interior con una mayor distancia y por tanto menor riesgo, aun cuando la mejora epidemiológica posibilite ampliar a cuatro el número de personas que puedan estar en cada mesa o agrupación de mesas en el interior. Todo ello a fin de procurar que el   número de afectados posibles no se incremente, teniendo especialmente en cuenta que la interacción social en un ámbito como el interior de la hostelería siempre presenta mayor riesgo, al ser necesario retirar la mascarilla de forma habitual.

También se mantiene la recomendación de aplazamiento de las celebraciones nupciales o civiles o religiosas de otro tipo, aconsejando en su defecto su celebración al aire libre en exteriores. En caso de celebrarse quedarán limitadas  a un máximo de 30 personas, tanto en el exterior como en el interior de los locales, resultando de aplicación en este último caso las reglas establecidas para la hostelería y restauración.

Asimismo, como consecuencia de la limitación nocturna de movimientos prevista en el citado Decreto del Presidente, se prevé igualmente que la actividad comercial y de prestación presencial de servicios deberá cerrar sus locales a las 22.00 horas con carácter general para toda la Región. Estas restricciones no obstante, se ven atemperadas por la aplicación de una serie de supuestos de excepción, y por la posibilidad de que estos locales sigan prestando sus servicios, únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio, más allá de las 22.00 horas y hasta la hora habitual de  cierre.

En relación con las medidas previstas en la citada orden de 13 de diciembre de 2020, los titulares de los locales de hostelería y restauración deberán seguir recomendando que el consumo de alimentos y bebidas recogidos en sus establecimientos no se produzca en las inmediaciones los mismos.

«…se mantiene la suspensión de la celebración de eventos multitudinarios en toda la Región de Murcia».

En el ámbito de la práctica deportiva se mantiene la aplicación de las limitaciones horarias establecidas con carácter general en el artículo 4, mientras que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 29/2021, de 16 de marzo,  se fija en cuatro el número de personas que pueden participar en la práctica deportiva conjunta no federada y no profesional, cuando se realice al margen de grupos organizados de actividades.

En definitiva, se mantienen con carácter temporal algunas medidas restrictivas de carácter sanitario vigentes en la Región de Murcia, con la convicción de que su implementación y aplicación por la ciudadanía y los sectores económicos afectados resultan imprescindibles para controlar la curva de contagios e impedir el colapso inminente del sistema sanitario.