El hecho ha ocurrido recientemente en Toulouse, Francia
Los profesionales del transporte por carretera advierten de estas sanciones y recomiendan que acrediten los descansos semanales
Los profesionales del transporte por carretera advierten que las autoridades francesas están multando a camioneros por hacer el descanso en la cabina de su camión. Una de estas multas fue a principios de este mes de septiembre cuando se sancionó, en Toulouse, a un conductor de la empresa J. García Carrión con 4.000 euros por realizar este descanso en su vehículo.
De esta forma, recomiendan que “los conductores que realicen transporte por Francia acrediten los descansos semanales de 45 horas tomados fuera de su domicilio mediante facturas de hotel, incluso, certificados emitidos por la propia empresa transportista y, sobre todo, dentro de Francia nunca realizar el descanso semanal normal a bordo del vehículo”.
Los profesionales del transporte por carretera recuerdan que ya el pasado marzo de 2014 informaban que Francia planteaba penas de hasta 30.000 euros y cárcel por pernoctar a bordo de los camiones. Y añaden que el pasado mes de febrero tuvieron conocimiento de que Gendarmes franceses habían formulado varias denuncias contra transportistas españoles, cuyos conductores habían realizado el descanso semanal de 45 horas a bordo del vehículo o, incluso, no habían podido acreditar lo contrario siendo sancionados con multas de 2.300 euros.
Según informan que durante los controles en carretera los agentes comprueban, en primer lugar, dónde han sido realizados los descansos semanales normales registrados en las tarjetas de los conductores o en las hojas de registro en el período comprendido entre el día en curso y los 28 días anteriores al control y, en segundo lugar, verifican las retiradas de las tarjetas o de los discos diagrama del tacógrafo al tiempo que controlan los lugares de inicio y fin de cada período de trabajo diario de los conductores, dato que están obligados éstos a registrar en el tacógrafo o en los discos mediante entradas manuales.
En los casos en los que los Agentes comprueban que el descanso semanal normal ha sido registrado en la tarjeta o en el disco diagrama al no haber sido retirada la misma del tacógrafo, aquellos automáticamente presumen que dichos descansos han sido realizados a bordo del vehículo pues, en caso contrario, entienden que si se hubiesen alejado del vehículo lo correcto hubiese sido llevarse la tarjeta o el disco consigo por si otro conductor se hubiese hecho cargo del vehículo; presunción que ratifican a continuación con la propia declaración que hacen firmar a los conductores reconociendo haber realizado el descanso semanal de 45 horas a bordo del vehículo incumpliendo así la normativa vigente francesa.