Avisa de que pedir un préstamo financiero al ICO «no implica la contratación de un seguro»

Pascual Burruezo, gerente de la homónima asesoría de seguros, a petición de Siete Días Jumilla, ha puntualizado un par de cuestiones acerca de los seguros de automóviles en tiempos de Estado de Alarma y sobre la solicitud de préstamos a través del Instituto de Crédito Oficial para hacer frente al impacto de la pandemia por COVID-19.


Una de las dudas que surge estos días es si podemos dar de baja el seguro del coche durante la cuarentena, y la respuesta es clara: No. Así lo estipula el Real Decreto 8/2004 sobre la responsabilidad civil y el seguro en la circulación de vehículos a motor. La razón es sencilla, si nuestro vehículo causa un percance (incluso sin estar en uso), deberemos hacernos cargo de la responsabilidad civil y de los daños que se deriven del mismo. “La cobertura obligatoria es la que marca la ley: La responsabilidad civil obligatoria, el resto no es necesario contratarlas”, matiza Burruezo. Además, el darlo de baja, a no ser que también se le dé al vehículo, incurriría en un delito.

PRESTAMOS ICO

Las PYMES y autónomos pueden solicitar y acceder, si cumplen con los requisitos requeridos, a préstamos avalados por el Estado, aprobados a través del Real Decreto-Ley 8/2020 de 26 de marzo a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para hacer frente al impacto ocasionado por la pandemia del COVID-19. De manera que si está pensando en hacerlo es importante que tenga en cuenta que no se está obligado a contratar ningún seguro para acceder a estos préstamos y que, en el supuesto de que la entidad financiera se lo impusiera, contraviniendo para ello el artículo 192.2.j del Real Decreto-Ley 3/2020 de 4 de febrero que prohíbe la imposición directa o indirecta de la celebración de un contrato de seguro-, lo ponga de manera inmediata en conocimiento de su asesor jurídico o consultor. Se puede hacer remitiendo las circunstancias de lo ocurrido, y el asesor lo pondrá en conocimiento de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con quien existe un canal habilitado para ello y no se tendrían que volcar los datos de la empresa o autónomo afectados para mayor seguridad y confidencialidad.