El juzgado rechaza suspender cautelarmente la moción de VOX sobre el veto a los rezos islámicos en el polideportivo

El Ayuntamiento puede seguir tramitando el cambio del reglamento municipal sobres las instalaciones deportivas

Lola Tomás Ruiz

El auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Murcia, que rechaza suspender cautelarmente el acuerdo del Pleno de Jumilla sobre la moción de VOX -enmendada y aprobada con el apoyo del PP- para limitar el uso de las instalaciones deportivas municipales exclusivamente a actividades deportivas o actos del Ayuntamiento, ha provocado una cascada de reacciones políticas en el municipio.
No obstante, la resolución judicial mantiene en vigor el acuerdo plenario, ya que considera que, por ahora, solo se instó a iniciar los trámites de modificación del Reglamento de Uso de las Instalaciones Deportivas, trámites que aún no constan que estén o se hayan iniciado. El juez recuerda “que el fondo del recurso presentado por la Delegación del Gobierno se resolverá en sentencia”.

VOX: “Los tribunales nos han dado la razón”

VOX, el primero en valorar el auto, lo hizo celebrando el respaldo judicial. Su portavoz municipal, Juan Agustín Carrillo, afirmó que la decisión “confirma la legitimidad de su iniciativa para evitar que los espacios deportivos se utilicen para rezos islámicos o celebraciones como el Ramadán”.
Carrillo sostuvo que la propuesta de VOX defendía “algo elemental” y acusó a la izquierda de crear “un conflicto artificial” mediante “manipulación y victimismo”.


Cargó contra el PP por su “tibieza y complejos” y advirtió que VOX no apoyará los presupuestos municipales si el Partido Popular no impulsa la modificación del reglamento.

PP: “Otra polémica artificial generada por el PSOE”

El Partido Popular, por su parte, ha calificado la situación de “ruido y humo” en torno a una noticia que, a su juicio, “nunca debió serlo”.
Defiende que se trata de una modificación de reglamento como se hacen cientos en cada Ayuntamiento, y acusa al PSOE de actuar con “mala fe” para “polarizar y hacer daño a Jumilla”.


El PP insiste en que “no se veta, no se coarta, ni se atenta contra la libertad religiosa ni cultural de nadie”, y acusa a la Delegación del Gobierno de llevar el asunto a los tribunales “sin fundamento”, y todo ello, continúa en su valoración del auto judicial, “para tapar los casos de corrupción del PSOE”.

PSOE: “Pedimos al PP que no modifique el reglamento y respete la convivencia”

El PSOE recuerda que el auto no resuelve el fondo del recurso, aún pendiente, y reprocha al PP haber asumido la moción de VOX para impedir los rezos musulmanes en espacios municipales.
Asimismo, los socialistas insisten en que Jumilla “nunca ha tenido problemas de convivencia” y piden al equipo de Gobierno de Severa González que no inicie la modificación.


Este grupo municipal defiende que los usos actuales son “perfectamente compatibles” y que el Ayuntamiento debe trabajar por el respeto a los derechos fundamentales y la convivencia entre las más de 70 nacionalidades presentes en el municipio.

IU-Podemos: “Una decisión que vulnera la igualdad y la libertad religiosa”

Desde IU-Podemos lamentan el rechazo a la suspensión cautelar y consideran que la medida del Pleno “pretende impedir el uso de instalaciones municipales a la comunidad musulmana”.


Desde esta formación política denuncian que supone “una aceptación ideológica de la extrema derecha” y un retroceso en derechos fundamentales. La formación critica que el Partido Popular aprobara la moción de VOX y afirma que esta decisión “fomenta la discriminación y el odio”, recordando que los rezos que se venían celebrando nunca generaron conflicto alguno.

Pendientes de la resolución final

En definitiva, el auto del TSJ permite avanzar con la moción, pero no cierra el debate político ni social. Vox celebra una victoria parcial, el PP insiste en la normalidad administrativa del proceso, y PSOE e IU-Podemos advierten sobre posibles vulneraciones de derechos y riesgos de exclusión.
Mientras tanto, la ciudadanía sigue pendiente de la resolución final, que determinará si la modificación del reglamento puede aplicarse, sin afectar derechos constitucionales.