Será una normativa municipal de tráfico y movilidad, donde se avanza en la regulación de este tipo de vehículos
La normativa nacional establece, entre otras cosas, que es obligatorio un seguro, el casco y el registro oficial
M.Carmen Cañete Vera
Por las calles de cualquier ciudad, y por supuesto en Jumilla, se pueden ver, cada día más, circulando a los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) que son los vehículos de una o más ruedas, de una sola plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos y que alcanzan velocidades entre 6 y 25 km/h. El ejemplo más destacado y frecuente de VMP/VPL es el patinete eléctrico.
En cuanto a la regulación concreta para este tipo de medio de transporte, en enero se publicó el Real Decreto 52/2026, que modifica el Reglamento General de Vehículos, para regular el Registro de Vehículos Personales Ligeros, estableciendo las condiciones técnicas de los mismos.
En el caso de Jumilla, según ha informado el subinspector de la Policía Local, José David Monreal, se está elaborando una ordenanza municipal, “cuya redacción se está alargando por las continuas modificaciones de estos vehículos y otras normativas, pero esperamos que a lo largo del año se disponga de esta normativa local”. Por ello, aunque se recomienda, en el municipio todavía no se aplica la utilización obligatoria del casco, ni la edad para usar estos patinetes eléctricos, sí se prevé que se establezca la edad de 15 años y la obligatoriedad del uso del casco para todos los usuarios.

En la localidad, existen numerosos VMP, pero no se dispone de un censo exacto, “son vehículos muy prácticos para las personas que no tienen permiso de conducir, que no es necesario, pero sí se utilizan por hobby, para acudir a su centro de trabajo o utilizado por empresas de reparto”, ha informado Monreal.
Sanciones
Por ello, la Policía Local ha publicado las exigencias y sanciones, en caso de incumplimiento, que conlleva esta normativa nacional. Las infracciones tienen multas económicas que oscilan entre los 80 y 800 euros y, en algunos casos, incluso la retirada del vehículo.

De hecho, en la localidad, según ha informado el subinspector, se han ‘retirado’ varios vehículos de este tipo “por manipulación del mismo, que está prohibido, por no llevar la placa identificativa de los que están comercializados después de enero de 2024 y por no tener contratado su seguro”.
Otras normas
Sobre otras normas establecidas, la regulación marca que se debe circular entre 6 y 25 km/h. En la ciudad está prohibido ir por aceras y por zonas peatonales, tan solo se puede circular por calzada o carril bici y fuera del casco urbano está prohibido circular con estos vehículos en carretera, túneles urbanos y autopistas. También está prohibido usar el móvil o auriculares, circular dos personas, circular sin alumbrado, no inscribir en el Registro de Vehículos, conducir de forma negligente o temeraria y los usuarios de estos vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia, accediendo estas infracciones hasta una cuantía de 1.000 euros.
En cuanto al seguro obligatorio, es de responsabilidad civil, la Ley 5/2025, 24 de julio, que modifica la Ley sobre responsabilidad civil y seguro, indica que tienen que cubrir los daños personales de más de 6.000.000 de euros y materiales de más de 1.300.000 euros que se puedan causar a terceros en caso de accidente. La documentación obligatoria es el certificado de circulación, certificado de inscripción y etiqueta identificativa, registro del VMP en la Dirección General de Tráfico y contratar el seguro obligatorio.

Sobre el equipamiento obligatorio, se debe llevar luces, delantera blanca, trasera roja y dispositivos reflectantes laterales, así como timbre o avisador acústico en el manillar, sistema de frenado, placa identificativa de matrícula en la parte trasera, sistema de plegado y estabilización en aparcamiento como pata de cabra o caballete. El vehículo no puede medir más de 2 metros de longitud, una altura máxima de 1,40 y una anchura máxima del manillar de 75 cm. y altura mínima de 50 cm.
Asimismo, se informa que los VMP adquiridos con anterioridad al 21 de enero de 2024, pueden seguir circulando hasta el 21 de enero de 2027, cumpliendo las mismas condiciones administrativas que los adquiridos a partir del 22 de enero de 2024.
Por todo ello, desde la Policía Local se recomienda a los usuarios de VMP utilizar siempre el casco, ser visible, respetar las normas de circulación y peatones y conducir con responsabilidad.



